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Francisco Campos y Érick Gatgens, defensores de Mélida Solís

Dueña de H. Solís ofrece propiedad en San José como garantía procesal para conseguir libertad

Empleados de Meco propusieron cauciones de ¢200 millones cada uno

24/06/21 | 09:20am

La propietaria de la constructora H. Solís, Mélida Solís Vargas, ofreció al Juzgado Penal de Hacienda y de la Función Pública una propiedad en San José como caución a fin de garantizar su apersonamiento a la investigación que se sigue en su contra en el caso policialmente conocido como "Cochinilla".

Esta propuesta la planteó su defensa técnica durante la audiencia de medidas cautelares que se desarrolló en ese órgano jurisdiccional entre el 15 y 23 de junio, cuyo resultado se conocerá hasta el próximo sábado 26 de junio.

La garantía procesal propuesta fue confirmada por el abogado Francisco Campos Aguilar, representante legal de la empresaria, ante una consulta de AmeliaRueda.com a la salida de los abogados intervinientes de la cita, en la que se definirán las disposiciones que deberán cumplir 28 detenidos por el escándalo de aparente corrupción en contratos de obras viales.

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"En el caso de Mélida se ofreció poner a responder algunas propiedades. Inicialmente una, aunque se dejó abierto que si la señora jueza (Carolina Lizano Salazar) consideraba que era necesario, se podía ofrecer otra propiedad. Son propiedades que están en San José y que pertenecen al grupo familiar", manifestó el jurista a este medio.

Cuando se le preguntó el valor del terreno, Campos Aguilar respondió: "No me acuerdo en este momento. Pero sí se ofrecieron en cada caso avalúos realizados por firmas prestigiosas de peritos en valoración de propiedades".

La cauciones reales están contempladas en un listado de hasta 10 alternativas a la prisión preventiva establecidas en el artículo 244 del Código Procesal Penal, que señala como condición que las presunciones que motivan la privación de libertad "puedan ser evitadas razonablemente con la aplicación de otra medida menos gravosa para el imputado".

Esta figura está regulada en los numeral del 250 al 252 de esa misma norma, como lo precisó a este medio el exjuez Ewald Acuña Blanco. El primero de estos ordinales indica que el tribunal debe fijar el importe y la clase de garantía sobre la idoneidad del fiador , según su libre apreciación de las circunstancias del caso.

"Para determinar la calidad y cantidad de la caución se tendrán en cuenta la naturaleza del delito, la condición económica, la personalidad y los antecedentes del imputado. El tribunal hará la estimación de modo que constituya un motivo eficaz para que aquel se abstenga de infringir sus obligaciones. La caución real se constituirá con depósito de dinero, valores cotizables o con el otorgamiento de prendas o hipotecas, por la cantidad que el tribunal determine", especifica el artículo 250.

El numeral siguiente establece la forma de determinar la solvencia de los fiadores, mientras que el 253 señala cómo se podrán ejecutar las cauciones.

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"Cuando se haya decretado la rebeldía del imputado o cuando este se sustraiga a la ejecución de la pena, se concederá un plazo de cinco días al fiador para que lo presente; se le advertirá que si no lo hace o no justifica la incomparecencia, la caución se ejecutará. Vencido el plazo, el tribunal dispondrá, según el caso, la ejecución del fiador o la venta en remate público de los bienes hipotecados o dados en prenda. El producto que se obtenga será transferido al Patronato de Construcciones, Instalaciones y Adquisición de Bienes de la Direccion General de Adaptación Social (DGAS)", menciona el ordinal.

No obstante, Campos Aguilar enfatizó en que el ofrecimiento inicial es que se impongan medidas menos gravosas, como la obligación de firmar periódicamente, impedimento de salida del país, entrega de pasaporte y notificación a la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) para que no expida uno nuevo, así como prohibición para acercarse a testigos o realizar trámites ante instituciones públicas involucradas en el caso.

La caución real entra como una propuesta en subsidio.

Otras garantías

El gerente general de Meco, Abel González Carballo, así como el representante legal de esa constructora, Alejandro Bolaños Salazar, también plantearon cauciones reales al Juzgado Penal de Hacienda y de la Función Pública.

"Hicimos un ofrecimiento inicial de ¢200 millones pero dejamos abierto a que si la señora jueza consideraba la necesidad de que fuera un monto mayor, repito, esa fue una medida que ofrecimos de manera sustitutiva. Consideramos que no era necesario ese tipo de cauciones, pero si la jueza consideraba que para efectos de que ellos se sintieran más amarrados al proceso tuvieran que dar una caución, la ofrecimos inicialmente en ¢200 millones, por cada uno, tanto por don Alejandro como don Abel", manifestó a AmeliaRueda.com el abogado de ambos, Francisco Aguilar Campos.

"Si la señora jueza (Carolina Lizano Salazar) considera que no basta con el impedimento de salida del país, con la obligación de firmar, con la entrega del pasaporte, con la notificación a la Dirección de Migración y Extranjería, subsidiariamente ofrecimos el otorgar una caución real. El tercer escenario podría ser hasta monitoreo con brazalete o algún otro tipo de medida que quiera la jueza.

"Nosotros le dejamos abierta la posibilidad de varias alternativas que nosotros creeríamos que en principio, y esto quiero dejarlo bien claro, por lo que expuso el Ministerio Público consideramos que no hay mérito para dictar medidas cautelares contra ninguno de los imputados, ni para don Abel, ni para don Alejandro ni para doña Mélida. Pero si la jueza considerara que no llevamos la razón, dejamos abierta la posibilidad de medidas alternas", agregó.

Este medio también consultó al jurista Érick Ramos Fallas, representante legal del presidente de Meco, Carlos Cerdas Araya, si esa defensa realizó algún planteamiento similar, ante lo que respondió: "Esos detalles son propios de la audiencia y uno por respeto a la señora jueza no puede referirse a eso".

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Caso "Cochinilla"

La investigación en cuestión motivó una serie de allanamientos que arrancaron a las 7:00 a.m. del 14 de junio anterior en 57 puntos diferentes, con el objetivo de lograr la detención u obtención de pruebas de 32 personas, entre ellos 19 funcionarios públicos y 13 personeros de empresas.

Del total de diligencias, 14 se llevaron a cabo en instituciones públicas como por ejemplo la Casa Presidencial, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y el Consejo Nacional de Vialidad (Conavi).

Asimismo, se realizaron diligencias en las empresas Meco, H. Solís, Cacisa, Constructora Herrera, Ingeniería Técnica de Proyectos (ITP), entre otras.

El director general del Organismo de Investigación Judicial, Wálter Espinoza Espinoza, detalló que en este caso se persiguen los delitos de cohecho, peculado, pagos irregulares de contratos administrativos, malversación de fondos, estafas y falsedad ideológica.

Por su lado, el Ministerio Público indicó en un comunicado que estos ilícitos fueron en apariencia cometidos en perjuicio del Estado por funcionarios de los ministerios de Obras Públicas y Transportes así como de Hacienda, además de particulares de compañías privadas.

Según el jefe de la Policía Judicial, entre 2019 y 2020 estas personas en apariencia establecieron un esquema de pago de coimas. "Les permitía obtener dinero, vehículos, viajes, favores sexuales y todo aquello que ustedes puedan imaginarse para que alguna empresa pudiera verse beneficiada. Es el enlace típico de corrupción que se ha visto en otros países en la que un grupo de empresarios, empresas muy fuertes y que además tienen posibilidades amplísimas de actuación, se acercan a funcionarios públicos, le ofrecen dádivas, regalías y afectan la integridad de personas", manifestó Espinoza Espinoza.

El director del Organismo puntualizó que este es uno de los operativos más importantes que han realizado en los últimos meses. Se estima que esta red de corrupción provocó un hueco financiero de ¢78.000 millones.

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