Jueza regaña a sindicatos: huelgas en centros médicos están prohibidas por prestar servicio esencial

​Sentencia declara ilegal movimiento en la CCSS y critica "actitud reprochable y totalmente irresponsable" de los huelguistas de la institución

01/10/18 | 11:01am

Con una fuerte llamada de atención a los huelguistas, el Juzgado de Trabajo de San José declaró ilegal la huelga de los trabajadores de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) por haberse dado la interrupción del funcionamiento en centros médicos, considerados servicios esenciales.

La jueza del I Circuito Judicial, Susana Porras, criticó a las organizaciones sindicales del sector salud por promover el movimiento pese a las prohibiciones expresas contenidas en la Constitución Política y el Código de Trabajo.

"Es una actitud reprochable y totalmente irresponsable adoptar la posición que han adoptado los sindicatos de la Caja Costarricense de Seguro Social y los sindicatos de enfermería de los hospitales y demás sindicatos, siendo que deben de informar más a la población de trabajadores, que se encuentran afiliados a sus sindicatos, para que tengan conocimiento que en estos sectores que tienen que ver con salud, simplemente hay prohibición expresa, esto por cuanto quede claro a los gremios sindicales que hay prohibiciones expresa en la normativa laboral en hospitales y los centros médicos de todo el país, y áreas de salud, así como las áreas de lavanderías de los hospitales. Esto por ser un sector sensible pues corre peligro la vida y salud de las personas, debe mantener siempre su funcionamiento de forma permanente y al cien por ciento de sus capacidades", señala la sentencia tramitada bajo el expediente 18-002813-1178-LA-2.

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La jueza especificó que el paro de labores en los centros médicos con la huelga indefinida contra el plan fiscal que inició el pasado 10 de septiembre violó los artículos 375 y 376 del Código de Trabajo, así como el 61 de la Constitución Política.

En la sentencia también se llamó la atención a los sindicatos para que "no se escondan para no ser notificados pues con su actuar ha generado un caos en el país, y por cuanto se ha retrasado gran cantidad de citas y cirugías".

El fallo condena al Sindicato de Profesionales en Ciencias Médicas de la Caja Costarricense de Seguro Social e Instituciones Afines (Ciprocimeca), la Unión Nacional de Empleados de la Caja y Seguridad Social (Undeca), la Unión Médica Nacional (UMN), la Asociación Nacional de Profesionales de Enfermería (ANPE) y el Sindicato Nacional de Enfermería (Sinae) al pago de ¢2.500.000.

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En cuanto a otros requisitos como el agotamiento de las vías de conciliación y cantidad de trabajadores en huelga, la sentencia consideró que se cumplieron, no así el de verificar el apoyo mediante una asamblea general o votación secreta tal y como lo estipula el Código de Trabajo.

Este fallo se une a la decena de resoluciones que durante días atrás se han venido dando. Solo el movimiento en el Instituto de Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA) fue declarado legal. Todavía restan alrededor de 20 instituciones públicas más.

Esta sentencia podrá ser apelada ante un tribunal de segunda instancia por cualquiera de las partes que esté inconforme con la resolución inicial.

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