
El ministro de enlace con el sector privado, André Garnier, no paga el impuesto a las casas de lujo por cuatro apartamentos, a la espera de una resolución de la DGT sobre el cobro de dicho gravamen.
08/02/21 | 10:49am
No pagar un impuesto a la espera de que se resuelva una resolución de la Dirección General de Tributación (DGT) es una decisión que cada contribuyente realiza "bajo su propio riesgo", afirmó el director general de esa entidad, Carlos Vargas.
AmeliaRueda.com publicó este viernes que el ministro de enlace con el sector privado, André Garnier, mantiene un desacuerdo con Hacienda y que no paga el impuesto a las casas de lujo por cuatro apartamentos suyos en Guanacaste.
Según dijo, espera a que Tributación resuelva una solicitud de replanteamiento de criterio hecha por la Asociación Consejo de Desarrollo Inmobiliario (CODI), la cual alega que los inmuebles puestos a la venta no deben cancelar dicho tributo, como ha reiterado la dirección del Ministerio de Hacienda en distintos criterios.
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Vargas no se refirió directamente sobre el caso de Garnier; sin embargo, sí indicó cuáles son las implicaciones de no realizar el pago de un impuesto en consulta, tanto para la persona consultante como para cualquier otro contribuyente.
"Para los consultantes tiene el efecto de que no se generan intereses, ni sanciones, cuando lo consultan de previo al inicio del período. En el caso de los no consultantes (como Garnier, que no hizo una consulta directamente), ellos asumen el riesgo. Es un riesgo que asume la persona", explicó Vargas.
"En estos casos, quedan expuestos para acciones de control posteriores de la administración que requiera, en caso de que proceda, el pago de esos impuestos (...) quedan expuestos a que la administración le haga un ajuste", subrayó.
Una investigación de este medio determinó que Garnier posee cuatro apartamentos, que dice tener a la venta, en Guanacaste; por los cuales sostiene una divergencia legal con el Ministerio de Hacienda.
El jerarca asegura que no debe pagar el impuesto a las casas de lujo por ellos porque no los habita sino que intenta desprenderse de ellos. Así lo hace a pesar de que la Dirección General de Tributación (DGT) ha reiterado, en distintas ocasiones, que los inmuebles "en inventario" deberían pagar el gravamen.
Garnier aduce una interpretación distinta de la que hace el Ministerio de Hacienda del artículo 2 de la ley del impuesto solidario, el cual establece que el "hecho generador" del gravamen recae sobre "la propiedad o titularidad de un derecho de uso, goce o disfrute de un bien inmueble de uso habitacional (...) utilizado en forma habitual, ocasional o de recreo". Es decir, el ministro alega que un inmueble a la venta no debería tributar porque no es utilizado como dice textualmente la ley.
Hacienda, por su parte, ha dicho en distintos criterios que el uso habitacional sí se cumple en inmuebles de inventarios a la venta, pues su fin último es precisamente su habitación.
El popularmente conocido “impuesto a las casas de lujo” tiene una tasa de entre 0,25% y 0,55% sobre el valor de las propiedades, según se determine su costo final. Ese valor contabiliza la construcción de inmueble y el de zonas compartidas como elevadores, recepciones, estacionamientos y bodegas. El gravamen se cobra anualmente y su declaración se realiza cada tres años.
La carga está vigente desde el año 2009 y el dinero que recauda se utiliza para financiar financiar los programas de vivienda del Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi), sin que esta institución pueda utilizar más de un siete por ciento (7%) de estos recursos en gastos administrativos.
En 2020, la entonces ministra de Justicia, Marcia González, renunció a su puesto por otro caso analizado por este medio que también se relacionaba con el impuesto a las casas de lujo. La jerarca se mantuvo morosa del gravamen entre 2016 y 2019, y canceló sus deudas hasta que fue consultada por AmeliaRueda.com. Además, cuando se le solicitó los comprobantes de pago omitió decir que había cancelado de manera tardía el gravamen y únicamente aseguró que "estaba al día", facilitando comprobantes de pago en que no se distinguía su fecha de emisión.
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