Sala Constitucional,Huelga,Proyecto de Ley

Suspender salario a trabajadores en huelga no es inconstitucional, resuelve Sala IV

​Sala Constitucional no encontró vicios de inconstitucionalidad, excepto en dos casos

25/10/19 | 20:25pm

Los diputados de la Asamblea Legislativa podrán continuar con la discusión del proyecto para regular huelgas, luego de que la Sala Constitucional diera luz verde al texto este viernes.

La iniciativa ya recibió el visto bueno de los legisladores en primer debate el pasado 3 de setiembre con 40 votos a favor y 15 en contra; sin embargo, el congresista Dragos Dolanescu, del Partido Republicano Social, presentó dos días después una consulta en la Sala IV.

Esta acción de Dolanescu retrasó la votación del segundo debate, que estaba planteado para el propio 5 de setiembre.

El documento del legislador alajuelense contó con el apoyo de 11 diputados más: Carmen Chan, Jonathan Prendas, Ivonne Acuña, Ignacio Alpízar, Harllan Hopelman, Floria Segreda, Marylin Azofeifa, todos del bloque independiente Nueva República; Walter Muñoz, del Partido Integración Nacional; Shirley Díaz y Óscar Cascante, del Partido Unidad Social Cristiana y José María Villalta del Frente Amplio.

Ellos solicitaban revisar el trámite de vía rápida que se utilizó para discutir el proyecto, posibles roces con convenios internacionales en materia de trabajo, la prohibición de huelgas en servicios esenciales, las rebajas de salarios a los huelguistas y el principio cristiano de la justicia social.

En lo que sí encontró vicios de inconstitucionalidad es la parte de que dispone disolución de un sindicato por actos delictivos de dirigentes, así como el procedimiento en el proyecto de ley al no haberse consultado a la Corte Suprema de Justicia lo referido a cuáles servicios judiciales y auxiliares.

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El proyecto

La iniciativa 21.049, que fue presentada por el legislador, Carlos Ricardo Benavides, busca brindar seguridad jurídica durante los movimientos de protestas con modificaciones en el Código de Trabajo.

En el texto se establece que no se considerarán pacíficas las protestas que incluyan bloqueos.

Lea: Proyecto para regular huelgas recibe aval del Congreso en primer debate.

Esta iniciativa también absorbió el proyecto de la diputada Yorleny León León, el cual propone tener una lista de cuáles servicios públicos serán esenciales y por ende están prohibidas las huelgas. En ese punto se suman algunos sectores como salud, seguridad, servicios de comedores escolares, controladores aéreos y de migración, bomberos, entre otros.

Igualmente, se establecieron aquellos que son trascendentales, es decir, se permitiría la huelga siempre y cuando se garanticen los servicios mínimos para el funcionamiento. En este caso algunos como la recolección de basura, carga y descarga de muelles, servicios bancarios, administración de justicia y aduanas.

Huelga

Por último, en la categoría de servicios especiales estará educación, el cual deberá garantizar al menos la atención mínima y tendrá un plazo de 21 días naturales consecutivos o de 10 días naturales discontinuos. Así como que debe existir un acuerdo previo para la suspensión de labores.

Por la educación también se presentó una moción que sugería pasarlo a servicio esencial; sin embargo, fue rechazada por los legisladores.

Lea: Proyecto de ley para regular huelgas recibe aval de comisión legislativa.

Igualmente, el texto busca acelerar las calificaciones de los tribunales sobre las huelgas y pone en orden las reglas de cuándo un sindicato puede ser desintegrado.

Las huelgas contra políticas públicas podrán realizarse pero solo por 48 horas, y además no podrán ser reiteradas por este mismo tema.

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